Auto Supremo AS/0288/2008
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0288/2008

Fecha: 27-Nov-2008

Se hace constar que este Tribunal ha advertido que los demandantes ahora recurrentes, en el


Se hace constar que este Tribunal ha advertido que los demandantes ahora recurrentes, en el curso del proceso, siendo promotores del concurso voluntario, buscaron dilatar la tramitación del mismo a fin de impedir que sus ejecutantes cobren los montos adeudados tramitando un proceso que a todas luces era improcedente desde la demanda, habiendo inducido en error al juez a quo, corregido por el Tribunal de alzada con la nulidad decretada, conducta procesal asumida por los actores, que es contraria a las previsiones del art. 57 del Cód. Pdto. Civ., demostrativa de la falta de lealtad procesal con la que actuaron en la tramitación de la causa, circunstancia que debe ser sancionada en su momento por el Juez a quo, en aplicación del art. 514 y siguientes del mismo cuerpo procedimental