A consecuencia de esta decisión, los imputados Esteban Velasco Balboa y Enriqueta Velasco Balboa interpusieron
A consecuencia de esta decisión, los imputados Esteban Velasco Balboa y Enriqueta Velasco Balboa interpusieron recurso de casación cursante de fojas 237 a 239 y de fojas 246 a 248, que fue admitido por esta Corte, por Auto Supremo Nº 614 de 24 de noviembre de 2007
- CONSIDERANDO: Que, el Juzgado Tercero de Partido de Sentencia de la ciudad del Alto, declaró
- A consecuencia de esta decisión, los imputados Esteban Velasco Balboa y Enriqueta Velasco Balboa interpusieron
- CONSIDERANDO: Que, los imputados Esteban Velasco Balboa y Enriqueta Velasco Balboa, en sus recursos de
- Segundo
- Finalmente, piden a este Máximo Tribunal deje sin efecto el Auto de Vista recurrido
- CONSIDERANDO: Que, abierta la competencia de este Tribunal, para la resolución del recurso, corresponde ingresar
- Que, al respecto se tiene que el A
- Por lo que el Auto Supremo Nº 73 referido, no constituye de ninguna manera un
- Por los fundamentos expresados, los recursos intentados devienen en infundados
- POR TANTO: La Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia, en ejercicio de
- Dr. Ángel Irusta Pérez
- Libro Tomas de Razón 1/2008
