Auto Supremo AS/0398/2008
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0398/2008

Fecha: 26-Nov-2008

Que, de las normas expuestas se concluye que toda resolución debe contener una debida motivación,


Que, de las normas expuestas se concluye que toda resolución debe contener una debida motivación, razón por la que los juzgadores se encuentran obligados a exponer en forma clara, coherentey congruente los fundamentos de hecho y de derecho en que sustentan su decisorio. La exigencia de motivación constituye una garantía constitucional de justicia, que tiende a asegurar la publicidad de las razones que tuvieron en cuenta los jueces para pronunciar sus resoluciones, pretende evitar decisiones arbitrarias de los jueces. Motivar es fundamentar, exponer en forma clara, precisa y lógica los argumentos fácticos y jurídicos que justifican la resolución. No debe entenderse como adecuada fundamentación o motivación, la extensión de la exposición de motivos, sino, el pronunciamiento expreso sobre un determinado hecho en base al cual se asume una decisión