Auto Supremo AS/0414/2008
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0414/2008

Fecha: 17-Nov-2008

Sobre dicho marco constitucional, se ha instituido en el art


Sobre dicho marco constitucional, se ha instituido en el art. 45 del Código de Seguridad Social, que tienen derecho a la renta de vejez el asegurado que hubiese acreditado al menos 180 cotizaciones mensuales y hubiese cumplido las edades para acceder a dicho beneficio, para los varones 55 años y para las mujeres 50, salvo que, en aplicación del art. 1º de la R.M. Nº 1361 de 4 de diciembre de 1997, los interesados se hubiesen acogido a dicho beneficio con reducción de edad de 50 y 45 años, respectivamente; empero, acreditado necesariamente las 180 cotizaciones mínimas y necesarias