- AUTO SUPREMO Nº 568 - Social Sucre, 21 de noviembre de 2008
- PARTES: Rosendo Hurtado Cuellar c/ Agencia Despachante de Aduanas ACHES S.R.L
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, el Juez Tercero del Trabajo y Seguridad Social
- Apelada la sentencia por ambas partes, la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior
- Que contra el referido auto de vista la parte demandada, a través de su apoderado
- Concluye solicitando la casación del auto de vista y, que se declare improbada la demandad
- Por su parte el actor, a través de su apoderado legal, a tiempo de contestar
- CONSIDERANDO II: Que, así expuesto el recurso, corresponde su análisis en base a los antecedentes
- Finalmente, resulta también temeraria la afirmación de que se hubiere realizado un cálculo erróneo en
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- Por lo relacionado, al no ser evidentes las infracciones acusadas en ambos recursos de casación,
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Suprema de Justicia de
- Para resolución, según convocatoria de fs
- Fue disidente el Sr. Ministro Jaime Ampuero García, cuyo voto fue por la casación parcial
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Dr. Jaime Ampuero García
- Sucre, 21 de noviembre de 2008
- Proveído: Ricardo Medina Stephens.- Secretario de Cámara.
