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    Auto Supremo AS/0041/2008
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0041/2008

    Fecha: 07-Feb-2008

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    • MINISTRO RELATOR: Dr. Hugo R. Suárez Calbimonte
    • CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso social de pago de beneficios sociales, la Juez Primero
    • En grado de apelación deducida por los apoderados del demandante mediante Auto de Vista Nº
    • Contra el auto de vista de 31 de marzo de 2007, los apoderados del demandante
    • Concluyen solicitando la casación del auto de vista recurrido y se declare probada la demanda
    • CONSIDERANDO II: Que, así planteado el recurso, ingresando a su análisis en relación a los
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    • Por lo relacionado precedentemente, se infiere que el recurrente no ha probado en autos el
    • POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
    • Se regula el honorario profesional de abogado, en la suma de Bs
    • Relator:Ministro Dr. Hugo R. Suárez Calbimonte
    • Regístrese, notifíquese y devuélvase
    • Firmado: Dr. Hugo R. Suárez Calbimonte
    • Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
    • Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.

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