Auto Supremo AS/0075/2008
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0075/2008

Fecha: 26-Feb-2008

CONSIDERANDO I: Que la Sentencia No


DISTRITO: La Paz

PARTES: Rene Miranda Mamani c/ Clínica Pampahasi

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VISTOS: El recurso de casación de Fs. 169-174 interpuesto por Ruth Villalba de Bacarreza, propietaria de la Clínica Pampahasi, del Auto de Vista No. 252/03-SSA-I de Fs. 166-167 dictado por la Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Superior de La Paz, en el proceso laboral sobre reconocimiento y pago de beneficios sociales seguido por René Miranda Mamani contra la recurrente; sus antecedentes, las leyes acusadas de infringidas, lo alegado por las partes, y

CONSIDERANDO I: Que la Sentencia No. 39/2002 de Fs. 134-137 dictada por la Jueza Sexto del Trabajo y Seguridad Social de La Paz, declara probada en parte la demanda de Fs. 4-5; disponiendo que la propietaria de la Clínica Pampahasi, Ruth Villalba de Bacarreza, cancele en favor del actor René Miranda Mamani, la suma de Bs. 1.666,66 por los conceptos de duodécimas de aguinaldo (Bs. 666,66) y vacación anual (1.000.-), en base a un salario mensual promedio de Bs. 2.000.- y por 3 años, 4 meses y 18 días de antigüedad