Auto Supremo AS/0075/2008
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0075/2008

Fecha: 26-Feb-2008

CONSIDERANDO IV: Que, no habiéndose probado por la recurrente ser evidente el abandono de trabajo


CONSIDERANDO IV: Que, no habiéndose probado por la recurrente ser evidente el abandono de trabajo o renuncia del actor, como alega, sin embargo del emplazamiento al efecto que refiere el Ad quem, resulta que la A quo además de dar por valida la prueba de Fs. 53-119, funda su Sentencia en esos antecedentes, que fuera propuesta cuando había precluido el término de prueba a las 18:45 del 30 de marzo de 2001, que era común y perentorio para las partes, de acuerdo con el Auto de relación procesal de Fs. 21 Vlta. de 14 de noviembre de 2001, extrañamente notificado en 20 de marzo de 2002 a las 18:45