CONSIDERANDO: Que de la revisión de los antecedentes del proceso, se tiene que este Tribunal
CONSIDERANDO: Que de la revisión de los antecedentes del proceso, se tiene que este Tribunal Supremo mediante resolución de 2 de mayo de 2007 de fojas 105, admitió la demanda y corrió en traslado al Superintendente Tributario General para que responda dentro del término de Ley más el que corresponda en razón de la distancia, para cuya citación libró provisión citatoria encomendando su cumplimiento a través de la Presidencia de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, ordenando asimismo, la remisión de los antecedentes de emisión de la resolución administrativa impugnada
- CONSIDERANDO: Que, el Superintendente Tributario General, pretende la reposición del decreto de fojas 133 de
- En el memorial de fojas 135-137, el recurrente manifiesta que
- 2- Pese a haber comparecido y respondido en forma negativa a los fundamentos de la
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- Finalmente en su petitorio, el recurrente pide dejar sin efecto la declaratoria de rebeldía, reponiendo
- Corrido en traslado el recurso por providencia de fojas 142, el representante legal de la
- CONSIDERANDO: Que de la revisión de los antecedentes del proceso, se tiene que este Tribunal
- Conforme la diligencia de fojas 122, el demandado fue citado con la provisión citatoria, mediante
- CONSIDERANDO: Que analizados los fundamentos alegados por el representante de la entidad recurrente se establece
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- No intervienen los Ministros Teófilo Tarquino Mújica por encontrarse en comisión oficial y Hugo R
- Firmado: Sofía L. Fiengo Sotés
