Se regula el honorario del profesional de abogado en la suma de Bs
POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, con la atribución contenida en el inc. 1) del art. 60 de la L.O.J., declara INFUNDADO el recurso de casación de fs. 412-413, con costas.
Se regula el honorario del profesional de abogado en la suma de Bs. 400.-, que mandará a hacer efectivo el Tribunal de alzada
- AUTO SUPREMO Nº 110 - Social Sucre, 11 de marzo de 2008
- PARTES: Alejandro Adriazola Gómez y otros c/ E. N. F. E
- CONSIDERANDO I: Que tramitado el proceso social, la Jueza Tercero del Trabajo y Seguridad Social
- Contra la resolución de vista, el apoderado de los demandantes interpuso recurso de casación en
- CONSIDERANDO II: Que, así planteado el recurso, analizando si lo denunciado es evidente o no,
- La legislación nacional en materia laboral ha regulado este instituto en los arts
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- Por lo relacionado, debe resolverse el litigio, aplicándose lo dispuesto en los arts
- Se regula el honorario del profesional de abogado en la suma de Bs
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Dr. Jaime Ampuero García
- Sucre, 11 de marzo de 2008
- Proveído: Ricardo Medina Stephens.- Secretario de Cámara.
