Auto Supremo AS/0117/2008
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0117/2008

Fecha: 13-Mar-2008

Que, contra el referido auto de vista, el representante legal de la entidad demandada, a


Que, contra el referido auto de vista, el representante legal de la entidad demandada, a través de su apoderado legal, al amparo de los arts. 210 del Cód. Proc. Trab. y 253 del Cód. Pdto. Civ., interpone recurso de casación en el fondo, acusando de manera genérica error de hecho y de derecho en la valoración de la prueba, interpretación errónea y aplicación indebida de la ley, transcribiendo partes textuales del decisorio del Tribunal ad quem comentando su contenido, aludiendo la vulneración del art. 4 inc. b) del D.R. L.G.T., ya que el trabajo que desempeñaba el actor no fue permanente o efectivo y que su relación laboral fue discontinua por lo que no le corresponde el pago de beneficios sociales porque los servicios sólo lo realizaba en tiempo de zafra