Auto Supremo AS/0127/2008
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0127/2008

Fecha: 19-Mar-2008

Contra el referido auto de vista, el representante de la entidad demandada interpone el recurso


Contra el referido auto de vista, el representante de la entidad demandada interpone el recurso de casación de fs. 117-121, con los siguientes argumentos:

a) Como recurso de casación en el fondo, aduce que el Tribunal ad quem quebrantó el art. 7º de la C.P.E. porque negó a Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos su legítima defensa interpretando ilegítimamente los Decretos Supremos Nº 0961 de 13 de enero de 1970, 16187 de 9 de febrero de 1979 y 17286 de 19 de marzo de 1980, además que por disposición del art. 120 de la L.G.T. el derecho para interponer la acción se encontraba prescrito y que las resoluciones de instancia constituyen fallos ultra petita, parcializados que pone en duda la administración de justicia, la seguridad jurídica y el debido proceso