Auto Supremo AS/0197/2008
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0197/2008

Fecha: 29-Abr-2008

CONSIDERANDO II: Que, así planteado el recurso, corresponde su análisis y consideración en base a


CONSIDERANDO II: Que, así planteado el recurso, corresponde su análisis y consideración en base a los antecedentes de la causa, de donde se tiene:

Que, el Tribunal ad quem resolviendo el recurso ordinario de apelación de fs. 219, confirma la sentencia de primera instancia, por considerar que la relación de trabajo entre las partes concluyó por la existencia del preaviso otorgado por la empresa demandada, que constituye la manifestación de voluntad del empleador otorgándole al trabajador el término de tres meses para que pueda conseguir otro trabajo velando por su futuro, eximiendo al primero del pago del desahucio pero no de los restantes derechos y que, dentro del plazo referido los actores puedan retirarse renunciando al haber mensual acogiéndose al retiro forzoso sin percibir el mencionado desahucio