Auto Supremo AS/0197/2008
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0197/2008

Fecha: 29-Abr-2008

Que, no obstante la claridad del fallo, la empresa demandada a través de su representante


Que, no obstante la claridad del fallo, la empresa demandada a través de su representante legal, intenta nuevamente en la vía del recurso de casación la revisión de hechos que ya fueron valorados por los jueces de grado, reclamando que el Tribunal de alzada al haber dispuesto el pago de la indemnización, interpretó indebidamente los arts. 13 y 16 inc. d) de la L.G.T., porque no consideró que los actores pese a encontrarse dentro del plazo del preaviso, no concurrieron a su fuente laboral por más de seis días. A tal efecto, es menester dejar establecido que dicha afirmación no es evidente por cuanto la prueba en que se sustenta el recurrente de fs. 5 y 6, no contiene sino el aviso del empleador de rescindir el contrato laboral cuyo motivo obedece a la reestructuración administrativa de la empresa y no por abandono de la fuente laboral por más de seis días, como equivocadamente el recurrente pretende sorprender en el argumento de su recurso