Auto Supremo AS/0197/2008
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0197/2008

Fecha: 29-Abr-2008

Que, contra el referido auto de vista, el representante de la empresa demandada, interpone el


Que, contra el referido auto de vista, el representante de la empresa demandada, interpone el recurso de casación en el fondo de fs. 249-250, expresando que el Tribunal ad quem como el Juez de instancia al ordenar al pago de indemnización han interpretado erróneamente los arts. 13 y 16 inc. d) de la L.G.T., por cuanto los demandantes han abandonado su fuente laboral antes que concluya el período del preaviso, configurándose en consecuencia causal de despido justificado por inasistencia al trabajo, ya que bajo ninguna circunstancia significa la interrupción de las obligaciones de las partes, así se infiere de la lectura del art. 12 de la mencionada ley sustantiva