Auto Supremo AS/0200/2008
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0200/2008

Fecha: 29-Abr-2008

En esa definición resulta írrita la pretendida violación del art


En esa definición resulta írrita la pretendida violación del art. 16-II y IV constitucional, en cuanto los incisos citados están referidos a la inviolabilidad del derecho a la defensa y que nadie puede ser condenado a pena alguna sin haber sido oído y juzgado previamente en proceso legal; principios y garantías constitucionales invocados, absolutamente válidos pero inatinentes al caso de autos, en cuanto no puede considerarse con seriedad lo afirmado al respecto por la recurrente, en el empeño de fundar la acusación en los apelativos utilizados en el poder de Fs. 1, los de la Juez a quo o el Tribunal de apelación para referirse a la demandada, como propietaria, representante legal de la empresa o administradora de Estación de Servicio Ostria Gutiérrez. Sin que tal hecho carezca de relevancia en el proceso y como argumento merezca mayor comentario ni análisis