Auto Supremo AS/0078/2008
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0078/2008

Fecha: 09-May-2008

Consiguientemente, al haber la jueza a quo mantenido en sentencia la servidumbre de paso existente


Consiguientemente, al haber la jueza a quo mantenido en sentencia la servidumbre de paso existente en el lugar de Liriuni y ordenar su restitución en tercero día, bajo conminatoria de desapoderamiento, conforme a los fallos dictados por la judicatura agraria dentro del proceso social agrario demandado por los comunarios de Liriuni, La Guinda, Quecola, ha ajustado su resolución de instancia al principio de congruencia que le manda el art. 190 del adjetivo civil