Razones por las cuales se ha vulnerado el sagrado derecho a la defensa, toda vez
Razones por las cuales se ha vulnerado el sagrado derecho a la defensa, toda vez que al encontrarse la procesada en un estado de indefensión no ha podido interponer los recursos que la ley le franquea, y siendo que las normas procesales son de orden publico y por lo tanto de cumplimiento obligatorios, los jueces y tribunales de alzada así como los de casación, están en el deber y la obligación de revisar y velar que los procesos sometidos a su conocimiento, se desarrollen sin vicios de nulidad, como sucede en el presente caso de autos, ya que al haberse notificado a una tercera persona, se ha incurrido en la causal de nulidad prevista por el art. 297 inc. 6) concordante con el art. 102 inc. 1), ambos del Código de Procedimiento Penal; por lo que corresponde anular obrados
- CONSIDERANDO: Que el Juez Tercero de Partido en lo Civil y Comercial de la ciudad
- La indicada resolución fue apelada por Flavio Antonio Franco Durán en representación de la procesada
- CONSIDERANDO: Que Flavio Antonio Franco Durán en representación de la procesada Maria Luz Yuja Gómez
- Asimismo, refiere que la víctima entró a la intersección a la velocidad de 40 km
- Con estos argumentos, pide al máximo tribunal casar el auto de vista recurrido y en
- CONSIDERANDO: Que, luego de la revisión del contenido del recurso de casación o nulidad interpuesto
- Continuando, el art
- Ahora bien en el contexto citado precedentemente y en esta etapa del proceso es también
- Razones por las cuales se ha vulnerado el sagrado derecho a la defensa, toda vez
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- RELATOR: MINISTRO: Dr. Teófilo Tarquino Mújica
- Dr. Ángel Irusta Pérez
- Libro Tomas de Razón 1/2008
