Auto Supremo AS/0202/2008
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0202/2008

Fecha: 21-May-2008

Regístrese, hágase saber y devuélvase


POR TANTO: La Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia en ejercicio de la atribuciones conferidas por los arts. 15 y 59 num. 1) de la Ley de Organización Judicial y aplicando el inc. 4) del art. 307 del Código de Procedimiento Penal, en desacuerdo con el requerimiento fiscal de fs. 904 a 905, ANULA obrados hasta fs. 872 inclusive, disponiendo se proceda a la notificación legal y personal con la sentencia de fs. 868 a 870 vlta. a la procesada Maria Luz Yuja Gómez de conformidad a los arts. 99 y 100 del Código de Procedimiento Penal Abrogado. Asimismo, con relación a las vocales que han sucrito el auto de vista y al juez del plenario, se les impone la multa de tres días de haber y se les llama severamente la atención por no haber tramitado el proceso conforme a derecho, disponiéndose la remisión de antecedentes al Consejo de la Judicatura.

Regístrese, hágase saber y devuélvase