Auto Supremo AS/0246/2008
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0246/2008

Fecha: 13-May-2008

CONSIDERANDO II: Que, así interpuesto el recurso, con base a los antecedentes del proceso, se


CONSIDERANDO II: Que, así interpuesto el recurso, con base a los antecedentes del proceso, se establece:

Que el Tribunal ad quem emitió el auto de vista de 2 de abril de 2004 (fs. 524), anulando la sentencia de fs. 392-394, porque entendió que dicha resolución no se había pronunciado expresamente sobre todos los puntos litigados por las partes, porque el Juez a quo a tiempo de dictar la sentencia apelada en la parte considerativa analiza y concluye en sentido de que el monto de $us. 24.128, correspondiente al 2% del valor total de la venta de 300 motocicletas al Ministerio de Gobierno fue gestionada, vendida y entregada en la ciudad de La Paz, y que omite pronunciarse expresamente respecto a la procedencia de su inclusión o exclusión en el sueldo promedio indemnizable como solicita el actor para directamente deducir dicha cantidad del monto total correspondiente a la liquidación de beneficios sociales otorgada al actor, infringiendo el art. 202 del Cód. Proc. Trab., con relación al art. 192 del Cód. Pdto. Civ