Que, contra la resolución de vista, el apoderado legal de la empresa VICAR S
Que, contra la resolución de vista, el apoderado legal de la empresa VICAR S.R.L. interpone recurso de casación en el fondo (fs. 527-530), en el que solicita la casación del auto recurrido y que deliberando en el fondo se declare sin lugar al pago de comisión para el actor, sobre la venta de 300 motos efectuada por la empresa al Ministerio de Gobierno mediante licitación pública, con costas
- AUTO SUPREMO Nº 246 - Social Sucre, 13 de mayo de 2008
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, el Juez Cuarto del Trabajo y Seguridad Social
- En grado de apelación, deducido por ambas partes, la Sala Social y Administrativa Tercera de
- Que, contra la resolución de vista, el apoderado legal de la empresa VICAR S
- CONSIDERANDO II: Que, así interpuesto el recurso, con base a los antecedentes del proceso, se
- Que, el Tribunal de alzada al haber decretado la nulidad de la sentencia, no ingresó
- Por lo relacionado, el recurso de casación interpuesto por el apoderado de la empresa demandada
- Al no haberlo hecho, este Máximo Tribunal no puede ingresar a conocer las infracciones denunciadas
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Suprema de Justicia de
- Se regula el honorario profesional de abogado en la suma de Bs
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Dra. Beatriz Sandoval de Capobianco
- Proveído: Ricardo Medina Stephens.- Secretario de Cámara.
