CONSIDERANDO I: Que como emergencia de la interposición de una petición de declinatoria de jurisdicción
PARTES: Francisca Elizabeth Clavijo Valdez y otro c/ Gastón René Taborga Corral
y otros.
MINISTRA RELATORA: Dra. Rosario Canedo Justiniano
VISTOS: El recurso de casación en el fondo interpuesto en fojas 134-140 por Francisca Elizabeth Clavijo Valdez que actúa por sí y como representante de Raúl Tomás Caballero Flores, en contra del auto de vista N° 658/2005 de fecha 03 de noviembre de 2005 cursante a fs. 128 y el complementario de fecha 01 de diciembre del mismo año de fs. 131, pronunciados por la Sala Civil Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz de la Sierra dentro del proceso ordinario sobre nulidad de título emergente de un proceso de usucapión y consiguiente registro en Derechos Reales, así como los títulos referentes a ventas posteriores, reivindicación, acción negatoria, entrega de inmueble, más pago de daños y perjuicios que sigue la recurrente y su mandante en contra de Gastón René Taborga Corral, Gladis Sánchez de Taborga, Ninfa Villalva Morales de Balladelli, Luís Alberto Chávez Paz, Cinthia Claure de Chávez y Modesta Garzón Cuellar, los antecedentes que informan al proceso, y
CONSIDERANDO I: Que como emergencia de la interposición de una petición de declinatoria de jurisdicción planteada en fs. 82 a 83 por el co demandado Luís Alberto Chávez Paz, el Juez Décimo Segundo de Partido en lo Civil y Comercial de la ciudad de Santa Cruz, pronuncia el auto interlocutorio N° 381/05 en fecha 27 de junio de 2005 cursante a fs. 88, declinando jurisdicción y competencia, disponiendo que el proceso se derive al Juzgado Agrario de la provincia Obispo Santistevan, ante quien debe remitirse el proceso y la parte ratificar allí su demanda, a cuyo fin anula obrados hasta fs. 21 inclusive, es decir, hasta la admisión de la medida preparatoria de exhibición de documentos
- AUTO SUPREMO Nº 178 Sucre, 14 de agosto de 2008
- otros
- CONSIDERANDO I: Que como emergencia de la interposición de una petición de declinatoria de jurisdicción
- En grado de apelación deducida por la actora, la Sala Civil Segunda de la Corte
- Contra la referida resolución de vista, Francisca Elizabeth Clavijo Valdez, interpone recurso de casación en
- Agrega, de que la nulidad y anulabilidad de contratos de compra venta de un predio
- Finaliza, manifestando que las tierras son de dominio originario de la Nación y constituyendo bienes
- CONSIDERANDO II
- 4) Que para una decisión pertinente y debidamente apegada a derecho, tomando en consideración los
- De lo afirmado se concluye que la pretensión principal de nulidad de una sentencia sobre
- b
- d
- Consiguientemente, no siendo evidentes las infracciones acusadas corresponde resolver el recurso planteado dando aplicación a
- POR TANTO: La Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en
- No se regula el honorario profesional de abogado, por no haberse respondido el recurso
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado : Dra. Rosario Canedo Justiniano
- Dra. Emilse Ardaya Gutiérrez
- Proveído : Sucre, 14 de agosto de 2008
- Patricia Parada Loras
- Secretaria de Cámara de la Sala Civil
