Por otra parte, el Defensor de oficio de Tomas Alanoca Rojas, Antonio Quispe Coromi, Emilio,
Por otra parte, el Defensor de oficio de Tomas Alanoca Rojas, Antonio Quispe Coromi, Emilio, Alberto y Javier Coromi Puña, interpone el recurso de casación, conforme al art. 298 inc. 2) del Código de Procedimiento Penal, acusando la violación de los arts. 47, 71, 76, 116, 117 y 119 de la Ley 1008, por haberse aplicado incorrectamente su preceptos y señalando que no se encontró droga alguna. Con este argumento, pide al máximo tribunal casar el auto de vista recurrido
- CONSIDERANDO: Que, el Tribunal del Juzgado Primero de Partido de Sustancias Controladas de la ciudad
- Apelada la referida sentencia por el Ministerio Público y los procesados, la Sala Penal Segunda
- CONSIDERANDO: Que, el Ministerio Público interpuso el recurso de casación acusando, con relación: al procesado
- Que, por su parte, el procesado Gerónimo Chura Quispe interpone el recurso de casación amparado
- Por otra parte, el Defensor de oficio de Tomas Alanoca Rojas, Antonio Quispe Coromi, Emilio,
- CONSIDERANDO: Que, luego del análisis de los recursos de casación interpuestos, se tiene que la
- Por lo expuesto, se desprende no ser ciertas las infracciones acusadas en los recursos intentados,
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Fdo. Dr. Ángel Irusta Pérez
- Libro Tomas de Razón 1/2008
