Auto Supremo AS/0267/2008
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0267/2008

Fecha: 07-Ago-2008

Asimismo, es preciso señalar que si se denuncia la errónea valoración de la prueba por


Asimismo, es preciso señalar que si se denuncia la errónea valoración de la prueba por parte de los juzgadores de instancia, a efectos de que se abra la competencia del tribunal supremo el recurrente deberá, obligatoriamente, señalar de manera precisa si existe error de derecho o error de hecho en el ejercicio de esa atribución valorativa, única situación en la que es posible que este Tribunal revea el elenco probatorio acumulado en el trámite de la causa y emita un fallo en base a su propia valoración