A fs
A fs. 235-238 se presenta el recurso de casación en el fondo, incoado por el representante legal de la Contraloría General de la República, acusando que el auto de vista sustenta su decisorio en los arts. 5 y 7.c) de la Constitución Política del Estado; empero, no desvirtuaron lo argumentado en la demanda, por cuanto correspondía analizar, interpretar y valorar los informes de auditoria el dictamen que le corresponde y las demás pruebas presentadas en el curso del proceso, soslayando además, la aplicación preferente del art. 44 de la Ley General del Trabajo, 33 de su Decreto Reglamentario y 162-III de la Constitución Política, respecto del Reglamento Interno de la Alcaldía Municipal, que es contrapuesto a las normas citadas, habiéndose establecido la existencia de indicios de responsabilidad civil por la autorización de pago de vacaciones a servidores públicos de la municipalidad de Sucre, incurriendo en lo previsto en los arts. 77.h) de la Ley del Sistema de Control Fiscal y 31 incisos a) y c) de la Ley 1178
- PARTES: Contraloría General de la República c/ Ramiro Herrera Edgar y otros
- MINISTRO RELATOR: Dr. Julio Ortiz Linares
- CONSIDERANDO I: Que tramitado el proceso de referencia, el Juez de Partido Administrativo, Coactivo Fiscal
- En apelación deducida por la entidad coactivante a fs
- A fs
- Agrega, que en el auto de vista recurrido de casación no se hizo una referencia
- Por otro lado, aduce que la ley impone al magistrado el deber de motivar su
- Con estos argumentos y enfatizando que el auto de vista recurrido contiene violación, interpretación errónea
- CONSIDERANDO II: Que así planteado el recurso, a efectos de su resolución corresponde hacer las
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- En efecto, las pruebas aportadas al proceso, acreditan que no se concedió vacaciones que por
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- Al respecto, es menester aclarar que si bien dicha compensación se realizó en aplicación del
- En consecuencia, partiendo de una interpretación constitucional en el marco de los tratados y convenciones
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- Sobre el caso particular, el hecho de no haber cancelado los importes liquidados por las
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- Relator:Ministro Dr. Julio Ortiz Linares
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Julio Ortiz Linares
- Dr. Hugo R. Suárez Calbimonte
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
