Auto Supremo AS/0284/2008
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0284/2008

Fecha: 25-Ago-2008

En consecuencia, habiéndose determinado que el recurso de apelación fue presentado dentro del término previsto


En consecuencia, habiéndose determinado que el recurso de apelación fue presentado dentro del término previsto por ley y que el tribunal de apelación no consideró y resolvió los agravios ahí expuestos, es evidente la vulneración del art. 236 del Código de Procedimiento Civil, así como la vulneración de la garantía del debido proceso de la cual deriva el principio "pro actione" que tiende a garantizar a toda persona el acceso a los recursos y medios impugnativos desechando todo rigorismo o formalismo excesivo, que impida obtener un pronunciamiento judicial sobre las pretensiones o agravios invocados, circunstancia que da lugar a la nulidad de obrados por cuanto implica la violación de las formas esenciales del proceso, que no son susceptibles de convalidación, toda vez que lesionan el derecho a la defensa