En consecuencia, partiendo de una interpretación constitucional en el marco de los tratados y convenciones
En consecuencia, partiendo de una interpretación constitucional en el marco de los tratados y convenciones internacionales, de carácter eminentemente protectores respecto del trabajador, se concluye que los tribunales de instancia en la resolución de la causa, no vulneraron ninguna norma citada en el recurso, por cuanto lo dispuesto en dichos preceptos no implica el desconocimiento o privación de reconocimiento de otros derechos legales, como es la vacación
- PARTES: Contraloría General de la República c/ Halder Higueras Ríos y otros
- MINISTRO RELATOR: Dr. Hugo R. Suárez Calbimonte
- CONSIDERANDO I: Que tramitado el proceso coactivo fiscal, en base a los Informes de Auditoría
- La referida determinación, motivó el recurso de casación de Fs
- Señala también que por la gradación jerárquica establecida en nuestro país, las leyes tiene que
- Concluye indicando, que el auto de vista recurrido, contiene violación, interpretación errónea y aplicación indebida
- CONSIDERANDO II: Que, así planteado el recurso, analizando el mismo se concluye lo siguiente
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- En efecto, las pruebas aportadas al proceso, acreditan que no se concedió vacaciones que por
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- Al respecto, es preciso aclarar, que si bien dicha compensación se realizó en aplicación del
- En consecuencia, partiendo de una interpretación constitucional en el marco de los tratados y convenciones
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- Sobre el caso sub examine, el hecho de no haber cancelado los importes liquidados por
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- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Relator:Ministro Dr. Hugo R. Suárez Calbimonte
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Hugo R. Suárez Calbimonte
- Dr. Julio Ortiz Linares
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
