Regístrese, notifíquese y devuélvase
POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en ejercicio de la facultad y atribución que le confiere el Art. 60-1) de la Ley de Organización Judicial, declara INFUNDADO el recurso de casación de Fs. 131-132. Con costas.
Se regula el honorario profesional de abogado en la suma de Bs. 400.-, que mandará hacer efectivo el Tribunal ad quem.
Relatora: Beatriz Sandoval de Capobianco
Regístrese, notifíquese y devuélvase
- AUTO SUPREMO Nº 317 - Social Sucre, 12 de agosto de 2008
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, la Jueza Segundo del Trabajo y Seguridad Social
- En grado de apelación deducida por la parte demandada, la Sala Social y Administrativa de
- Concluye solicitando, de modo incongruente, que al haberse infringido las leyes señaladas, este Tribunal Supremo
- CONSIDERANDO II: Que, así planteado el recurso, de la compulsa de los datos procesales, se
- II
- III
- IV
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Dr. Jaime Ampuero García
- Sucre,12 de agosto de 2008
- Proveído: Ricardo Medina Stephens.- Secretario de Cámara.
