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    Auto Supremo AS/0325/2008
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0325/2008

    Fecha: 12-Ago-2008

    Regístrese, notifíquese y devuélvase


    Relator: Ministro Dr. Jaime Ampuero García.

    Regístrese, notifíquese y devuélvase
    • AUTO SUPREMO Nº 325 - Social Sucre, 12 de agosto de 2008
    • CONSIDERANDO I: Que tramitada la causa, la Jueza Sexto del Trabajo y Seguridad Social de
    • Apelada la sentencia por la entidad Municipal demandada, la Sala Social y Administrativa Tercera de
    • Que, contra la resolución de vista, la demandante interpone recurso de casación en el fondo
    • Luego, alude que otro aspecto para sostener que el refuerzo salarial es parte de su
    • Concluye solicitando la casación del auto de vista y, deliberando en el fondo, aplicando las
    • CONSIDERANDO II: Que, así expuesto el fundamento del recurso, corresponde su análisis y consideración en
    • Que, el fondo del recurso, versa sobre si corresponde o no incluir en la liquidación
    • El P
    • Corresponde referir que, el Tribunal Ad quem, al revocar parcialmente la sentencia de primer grado,
    • Consiguientemente, al no estar demostradas las acusaciones del recurso, corresponde resolverlo en la forma prevista
    • POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Suprema de Justicia, en
    • Sin costas, en aplicación del art
    • Regístrese, notifíquese y devuélvase
    • Dra. Beatriz Sandoval de Capobianco
    • Proveído: Ricardo Medina Stephens.- Secretario de Cámara.

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