Auto Supremo AS/0336/2008
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0336/2008

Fecha: 13-Ago-2008

POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Suprema de Justicia de


Que, finalmente, en posiciones procesales contradictorias y con falta de coherencia, ambos esposos apelan separadamente de la Sentencia primero y, luego, recurren de casación del Auto de Vista, en relación a temas de interés procesal común, en posiciones encontradas ya que el primer recurso, del esposo, pide del Tribunal nulidad de obrados y, la esposa, a continuación, la casación de la resolución del de Alzada. Lo que, además, le resta credibilidad y seriedad a la gestión procesal de los demandados, en el recurso en examen.

POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Suprema de Justicia de la Nación en ejercicio de las facultades y atribuciones que le confiere el Art. 60-1. de la Ley de Organización Judicial, en aplicación del art. 273 del Código de Procedimiento Civil, declara INFUNDADOS los recursos de Fs.119-120 y 122-123. Con costas