Tribunal Supremo de Justicia Bolivia Auto Supremo AS/0201/2008
Fecha: 08-Sep-2008
Patricia Parada Loras
Patricia Parada Loras
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CONSIDERANDO I: Que, el Juez Séptimo de Partido en lo Civil y Comercial de la
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Que, en grado de apelación deducida por la entidad Municipal, mediante auto de vista Nº
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Que, contra la mencionada resolución de vista, el Gobierno Municipal de La Paz, a través
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Concluye solicitando que el Tribunal de Casación emita Auto Supremo casando el auto de vista
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CONSIDERANDO II:Que, en ejercicio de la facultad conferida por el art
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Que, la presente acción fue iniciada en 14 de diciembre de 2000, conforme consta en
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Que, la ley Nº 2175 de 13 de febrero de 2001, en el marco de
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Que, en la especie, saneando que fue el proceso, la intervención del Ministerio Público, fue
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POR TANTO: La Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, con
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Regístrese, notifíquese y devuélvase
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Firmado : Dra. Rosario Canedo Justiniano
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Dra. Emilse Ardaya Gutiérrez
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Proveído : Sucre, ocho de septiembre de 2008
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Patricia Parada Loras
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Secretaria de Cámara de la Sala Civil
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