Auto Supremo AS/0321/2008
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0321/2008

Fecha: 01-Sep-2008

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3.- Finalmente corresponde señalar que el recurrente no señaló cuál es el fallo judicial que contiene disposiciones contradictorias, si el de primera instancia o el de segunda instancia, tampoco precisó en qué consisten dichas contradicciones a efectos de que este tribunal pueda hacer un examen de ellas. Del mismo modo, incumpliendo lo previsto en el art. 258-2) del Código de Procedimiento Civil, omitió señalar las normas relictas a los Batallones de Seguridad Física Privada que presuntamente han sido violadas, como señaló en su recurso, constituyendo un simple enunciado sin respaldo jurídico