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    Auto Supremo AS/0321/2008
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0321/2008

    Fecha: 01-Sep-2008

    4


    4.- Por lo expuesto, corresponde aplicar lo previsto en los artículos 271.2) y 273 del Código de Procedimiento Civil, aplicables al caso por mandato de la norma remisiva de los arts. 1 y 24 del Procedimiento Coactivo Fiscal D.L. No. 14933 de 29 de septiembre de 1977, elevado a rango de Ley por el art. 52 de la Ley No. 1178 de 20 de julio de 1990
    • PARTES: Policía Nacional c/ Magin Cardozo Pérez y otro
    • MINISTRO RELATOR: Dr. Hugo R. Suárez Calbimonte
    • CONSIDERANDO I: Que tramitado el proceso coactivo fiscal antes señalado, el Juez Tercero de Partido
    • Deducida la apelación por los coactivados (fs
    • Dicho fallo motivó el recurso de casación en el fondo de fs
    • Concluyó solicitando "se case el auto de vista recurrido y se declare probada la demanda
    • CONSIDERANDO II: Que así expuestos los fundamentos del recurso de casación en el fondo, corresponde
    • El art
    • En este contexto, el art
    • CONSIDERANDO III: Que así establecido el marco legal en el que se resolvió el caso
    • 2
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    • POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Excma
    • Relator:Ministro Dr. Hugo R. Suárez Calbimonte
    • Regístrese, notifíquese y devuélvase
    • Firmado: Dr. Hugo R. Suárez Calbimonte
    • Dr. Julio Ortiz Linares
    • Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.

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