El art
El art. 77-h) de la Ley del Sistema de Control Fiscal, determina que la Contraloría General de la República tiene competencia en los juicios coactivos que se deduzcan por apropiación o disposición arbitraria de bienes patrimoniales del Estado
- PARTES: Policía Nacional c/ Magin Cardozo Pérez y otro
- MINISTRO RELATOR: Dr. Hugo R. Suárez Calbimonte
- CONSIDERANDO I: Que tramitado el proceso coactivo fiscal antes señalado, el Juez Tercero de Partido
- Deducida la apelación por los coactivados (fs
- Dicho fallo motivó el recurso de casación en el fondo de fs
- Concluyó solicitando "se case el auto de vista recurrido y se declare probada la demanda
- CONSIDERANDO II: Que así expuestos los fundamentos del recurso de casación en el fondo, corresponde
- El art
- En este contexto, el art
- CONSIDERANDO III: Que así establecido el marco legal en el que se resolvió el caso
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- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Excma
- Relator:Ministro Dr. Hugo R. Suárez Calbimonte
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Hugo R. Suárez Calbimonte
- Dr. Julio Ortiz Linares
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
