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2.- En este contexto, si bien es cierto que el tribunal constitucional en la parte dispositiva del fallo que se analiza declaró únicamente la nulidad de la R.D. 08/2000, empero, no es menos evidente que en la ratio decidendi de dicha resolución, dejó claramente establecido que la Sub Administración de Grandes Contribuyentes debió transferir sus resultados a la Administración Regional de Impuestos Internos de La Paz, para que ésta asuma conocimiento y continúe con la fase determinativa y recuperación del cargo, toda vez que desde mayo de 1998, la contribuyente -ahora demandante- ya no se encontraba bajo su control y administración, consiguientemente, no le correspondía emitir la Vista de Cargo No. 299-85-254-011/98 de 25 de agosto de 1998, que a la postre se constituye en el sustento de la R.D. 08/2000, que fue declarada nula, precisamente por la sentencia constitucional en análisis, determinando además que quien debía emitir la resolución determinativa es el Director Distrital de Impuestos Internos de La Paz, asumiendo conocimiento del procedimiento administrativo de determinación
- PARTES: Martha Nuñez Delos c/ Servicio de Impuestos Nacionales
- MINISTRO RELATOR: Dr. Julio Ortiz Linares
- CONSIDERANDO I: Que interpuesta la referida demanda, el Juez Tercero de Partido Administrativo, Coactivo Fiscal
- Deducida la apelación tanto por la entidad coactivante como por la coactivada, la Sala Social
- Por otro lado, denunció la violación del art
- Con estos argumentos solicitó se case el auto de vista impugnado y deliberando en el
- CONSIDERANDO II: Que, así expuestos los fundamentos del recurso de casación que se resuelve, corresponde
- III
- Con estos fundamentos declaró fundado el recurso directo de nulidad, por tanto, nula la Resolución
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- En consecuencia, en este razonamiento, no se puede menos que concluir que la aludida Vista
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- A lo expuesto, corresponde agregar que la vinculación de las sentencias constitucionales está dirigida a
- En este contexto, cabe señalar que los fundamentos determinantes del fallo o rationes decidendi, son
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- Por las razones expuestas, corresponde resolver el recurso intentado en la forma prevista por los
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Sin costas en aplicación del art
- Relator:Ministro Dr. Julio Ortiz Linares
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Julio Ortiz Linares
- Dr. Hugo R. Suárez Calbimonte
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
