En este contexto, cabe señalar que los fundamentos determinantes del fallo o rationes decidendi, son
En este contexto, cabe señalar que los fundamentos determinantes del fallo o rationes decidendi, son los fundamentos necesarios sin los cuales no se justificaría ni se entendería el fallo, son los contenidos jurisprudenciales que vinculan a los tribunales, jueces o autoridades; quedando en virtud de ello, obligados a aplicar a sus decisiones, tales entendimientos jurisprudenciales; en cambio, la parte resolutiva o decisum, si bien tiene fuerza decisoria en el caso concreto, su eficacia es solo para las partes contendientes, razonamiento en el que se enmarca el fallo pronunciado por los juzgadores de instancia, sin que sea evidente la vulneración del aludido art. 44 de la Ley 1836, como alega el recurrente
- PARTES: Martha Nuñez Delos c/ Servicio de Impuestos Nacionales
- MINISTRO RELATOR: Dr. Julio Ortiz Linares
- CONSIDERANDO I: Que interpuesta la referida demanda, el Juez Tercero de Partido Administrativo, Coactivo Fiscal
- Deducida la apelación tanto por la entidad coactivante como por la coactivada, la Sala Social
- Por otro lado, denunció la violación del art
- Con estos argumentos solicitó se case el auto de vista impugnado y deliberando en el
- CONSIDERANDO II: Que, así expuestos los fundamentos del recurso de casación que se resuelve, corresponde
- III
- Con estos fundamentos declaró fundado el recurso directo de nulidad, por tanto, nula la Resolución
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- En consecuencia, en este razonamiento, no se puede menos que concluir que la aludida Vista
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- A lo expuesto, corresponde agregar que la vinculación de las sentencias constitucionales está dirigida a
- En este contexto, cabe señalar que los fundamentos determinantes del fallo o rationes decidendi, son
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- Por las razones expuestas, corresponde resolver el recurso intentado en la forma prevista por los
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Sin costas en aplicación del art
- Relator:Ministro Dr. Julio Ortiz Linares
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Julio Ortiz Linares
- Dr. Hugo R. Suárez Calbimonte
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
