CONSIDERANDO I: Que, el Juez del Trabajo y Seguridad Social de Potosí emitió el auto
DISTRITO: Potosí
PARTES: Jorge Francisco Gutiérrez Cutipa c/ Universidad Autónoma Tomas Frías
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VISTOS: El recurso de casación de fs. 178-180 interpuesto por José Francisco Gutiérrez Cutipa, contra el auto de vista Nº 073/2004 de 21 de octubre de 2004 (fs. 174-175) pronunciado por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Potosí, dentro el proceso social que sigue el recurrente contra la Universidad Autónoma "Tomás Frías"; la respuesta de fs. 182, el dictamen fiscal de fs. 185, los antecedentes del proceso, y
CONSIDERANDO I: Que, el Juez del Trabajo y Seguridad Social de Potosí emitió el auto de 9 de septiembre de 2004 (fs. 116) rechazando la admisión de la demanda laboral planteada por José Francisco Gutiérrez Cutipa, en aplicación del art. 47 del Cód. Proc. Trab., en cumplimiento del auto de vista Nº 46/2004 de 25 de agosto de 2004 (fs. 93-94), que anuló obrados por considerar que los docentes se encuentran al margen de la legislación laboral y se rigen por el Reglamento General de Docencia y la Ley del Estatuto del Funcionario Público, siendo el órgano jurisdiccional incompetente para conocer de la presente acción
- AUTO SUPREMO Nº 425 - Social Sucre, 12 de septiembre de 2008
- CONSIDERANDO I: Que, el Juez del Trabajo y Seguridad Social de Potosí emitió el auto
- En grado de apelación, deducida por el demandante, la Sala Social y Administrativa de la
- Que, contra el referido auto de vista el actor interpone recurso de casación (fs
- CONSIDERANDO II: Que, antes de considerar los fundamentos del recurso, el Tribunal Supremo de Justicia
- I.- Que, en ese marco es menester precisar los siguientes conceptos
- En los pactos internacionales el debido proceso es considerado como un derecho humano, así el
- 2
- a) Que José Francisco Gutiérrez Cutipa presentó demanda por cumplimiento de obligaciones laborales y consiguientes
- b) Una vez radicado el expediente (testimonio de apelación) ante el Tribunal de alzada, la
- III
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Suprema de Justicia de
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Dr. Jaime Ampuero García
- Sucre, 12 de septiembre de 2008
- Proveído: Ricardo Medina Stephens.- Secretario de Cámara.
