Tribunal Supremo de Justicia Bolivia Auto Supremo AS/0015/2009
Fecha: 22-Ene-2009
Dr. Jaime Ampuero García
Dr. Jaime Ampuero García
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AUTO SUPREMO Nº 015 - Social Sucre, 22 de enero de 2009
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PARTES: Ramiro Roca Pedraza c/ Empresa de Seguridad y Vigilancia E.G.S
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CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, el Juez Segundo del Trabajo y Seguridad Social
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Apelada la sentencia por el representante de la empresa demandada, la Sala Social y Administrativa
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Esta resolución, motivó el recurso de casación de fs
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CONSIDERANDO II: Que, antes de considerar los fundamentos del recurso, el Tribunal Supremo de Justicia
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Que, ciertamente la nulidad de oficio impone para su condición que el acto lesione la
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En la especie, el Tribunal ad quem al haber decretado la nulidad relativa de obrados
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Luego es pertinente dejar establecido que la parte demandada, en el recurso de apelación de
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De otra parte, se advierte que el recurso ordinario de apelación de fs
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Por lo relacionado precedentemente, corresponde dar aplicación a lo dispuesto en el art
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POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Suprema de Justicia de
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Regístrese, notifíquese y devuélvase
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Fdo. Dra. Beatriz Sandoval de Capobianco
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Dr. Jaime Ampuero García
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Sucre, 22 de enero de 2009
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Proveído: Ricardo Medina Stephens.- Secretario de Cámara.
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