Auto Supremo AS/0016/2009
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0016/2009

Fecha: 07-Ene-2009

Por otra parte, en lo que hace a la supuesta infracción del art


Por otra parte, en lo que hace a la supuesta infracción del art. 31 de la Constitución Política del Estado, que también denuncia el recurrente, corresponde señalar que el único medio idóneo para impugnar los actos de un órgano presuntamente incompetente es el recurso directo de nulidad instituido por el art. 79 de la Ley del Tribunal Constitucional y 120-6 de la Constitución Política del Estado