Proveido, Dra. Gladys Segovia García, Secretaria de Cámara
Fdo. Dr. Julio Ortiz Linares
Fdo. Dra. Rosario Canedo Justiniano
Proveido, Dra. Gladys Segovia García, Secretaria de Cámara
- CONSIDERANDO: Que la Juez de Partido Primero en lo Civil y Comercial de la ciudad
- Impugnada en apelación la sentencia por la demandada Julia Urpana Vda
- Contra el referido Auto de Vista, la demandada interpone recurso de casación en el fondo
- En cuanto al recurso de casación en la forma, alega que el auto de vista
- Concluye solicitando que la Corte Suprema de Justicia case el auto de vista y deliberando
- CONSIDERANDO: Que, conforme la amplia jurisprudencia sentada por el Tribunal Supremo de Justicia de la
- CONSIDERANDO: En el sub lite, la recurrente deduce impugnación extraordinaria tanto en el fondo como
- Al respecto, se debe señalar que el recurso en el fondo, como ha sido planteado
- En relación al recurso de casación en la forma, la recurrente de manera incongruente y
- Consiguientemente la recurrente no ha cumplido con la carga procesal que le impone el art
- POR TANTO: La Sala Civil Segunda de la Excma
- Se regula el honorario profesional de abogado en la suma de Bs
- Para sorteo y resolución, según convocatoria de fs
- MINISTRO RELATOR: Dr. Julio Ortiz Linares
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Proveido, Dra. Gladys Segovia García, Secretaria de Cámara
