Auto Supremo AS/0230/2009
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0230/2009

Fecha: 06-Oct-2009

Por lo expuesto queda claro, entonces, que ha existido errónea interpretación y aplicación indebida de


Por lo expuesto queda claro, entonces, que ha existido errónea interpretación y aplicación indebida de la ley, por los de instancia y, al ser evidentes las infracciones acusadas en el recurso interpuesto, corresponde dar aplicación a lo previsto en el art. 274 del Código de Procedimiento Civil