Auto Supremo AS/0230/2009
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0230/2009

Fecha: 06-Oct-2009

POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Suprema de Justicia de


POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en ejercicio de la facultad y atribución que le confiere el Art. 60-1) de la Ley de Organización Judicial, en aplicación de lo establecido por el Art. 274 del Código de Procedimiento Civil, aplicable con la permisión establecida en el art. 252 del Código Procesal del Trabajo, CASA el Auto de Vista de 7 de mayo de 2005, No. 090 y cursante a fs. 161 y, deliberando en el fondo, declara improbada la demanda