Que, finalmente respecto a la aparente ineficacia de los Poderes otorgados por Juan Carlos León
Que, finalmente respecto a la aparente ineficacia de los Poderes otorgados por Juan Carlos León Espada a favor de Rosmery Yucra Floes e Hilarión Torres Nava, cursantes a fojas 355 y 420, respectivamente, ese argumento carece de fundamento, en razón a que esos poderes fueron otorgados precisamente para que, en representación de Víctor Torres Tapia, se prosiga en todos sus grados e instancias y hasta su conclusión, el proceso penal instaurado por el en contra de Jahel Choque Rasguido, en ese sentido los apoderados ejercieron las facultades de representación que les fueron conferidas, siendo en consecuencia infundado el motivo de nulidad aducido por el recurrente
- VISTOS: El recurso de nulidad y casación interpuesto por la imputada Jahel Choque Rasguido, representada
- CONSIDERANDO: Que, Pedro Flores Medina, Abogado Defensor de Oficio, en representación de Jahel Choque Rasguido,
- CONSIDERANDO: Que, el proceso motivo de autos, tuvo su origen en la entrega de dineros
- Que siendo esos los antecedentes de la causa, si bien es evidente que los recibos
- Que, en materia de valoración de la prueba, la ley, la doctrina y la uniforme
- Que, finalmente respecto a la aparente ineficacia de los Poderes otorgados por Juan Carlos León
- Por las razones expuestas, éste Tribunal de Casación no encuentra evidentes las infracciones acusadas por
- POR TANTO: La Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia de la Nación,
- Regístrese, comuníquese y cúmplase
- Fdo. Dr. Ángel Irusta Pérez
- Dr. Teófilo Tarquino Mújica
- Cámara de la Sala Penal Primera
- Libro Tomas de Razón 3/2009
