Auto Supremo AS/0520/2009
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0520/2009

Fecha: 16-Oct-2009

VISTOS: El recurso de nulidad y casación interpuesto por la imputada Jahel Choque Rasguido, representada

SALA PENAL PRIMERA

AUTO SUPREMO: 520 Sucre, 16 de octubre de 2009

DISTRITO: Chuquisaca

PARTES:Ministerio Público a querella de Víctor Torrez Tapia, Juan Carlos León Espada y Helda Higueras Reyesc/ Jahel Choque Rasguido

Estafa (Declara infundado el recurso de casación)

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Sucre, 16 de octubre de 2009

VISTOS: El recurso de nulidad y casación interpuesto por la imputada Jahel Choque Rasguido, representada por Pedro Flores Medina, Abogado Defensor de oficio (fojas 1038 a 1043) impugnando el Auto de Vista número 71 de 20 de marzo de 2004 (fojas 1033 a 1036) emitido por la Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Chuquisaca en el proceso penal seguido por el Ministerio Público a querella de Víctor Torrez Tapia, Juan Carlos León Espada y Helda Higueras Reyes, contra la imputada, por el delito de estafa, previsto y sancionado por el artículo 335 del Código Penal, los antecedentes del proceso , y:

CONSIDERANDO: Que, el Juez de Partido Mixto Liquidador y de Sentencia número dos de la ciudad de Sucre emitió sentencia número 53 de 21 de octubre de 2003 (fojas 978 a 984 vuelta) que, en relación al proceso seguido por Víctor Torrez Tapia y Juan Carlos León Espada, declaró a la imputada autora del delito de estafa, previsto en la sanción del artículo 335 del Código Penal, y le impuso la pena privativa de libertad de tres años de reclusión a ser cumplida en la cárcel pública de esa ciudad, y multa de cien días cuantificable en Bs. 3. por día , más costas a favor del Estado y responsabilidad del daño civil causado a los querellantes. Con relación al proceso seguido por Helda Higueras Reyes, le absolvió de culpa y pena por el delito de estafa, con costas a su favor que serán cubiertas por la querellante. Resolución apelada por la querellante Helda Higueras Reyes y por la imputada Jahel Choque Rasguido, en cuyo mérito la Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Chuquisaca emitió el Auto de Vista de fojas 1033 a 1036, por el cual confirmó la sentencia impugnada. Resolución recurrida en casación por la imputada