En ese sentido, se advierte que la fase de la instrucción tuvo una duración aproximada
En ese sentido, se advierte que la fase de la instrucción tuvo una duración aproximada de 5 meses con 23 días, plazo justificado tomando en cuenta que el imputado prestó su declaración informativa policial en tres oportunidades distintas, como consta a fs. 3 y vlta., fs. 5 y vlta" y fs. 17 y vlta., entorpeciendo el normal desarrollo de la investigación
- CONSIDERANDO: Que, por decreto de 18 de octubre de 2004 (fs
- CONSIDERANDO: Que, la disposición transitoria tercera del Código de Procedimiento Penal, establece que las causas
- Que, la garantía a la tramitación del proceso dentro un plazo razonable se encuentra reconocida
- Que, por ello se entiende que el plazo previsto por la disposición transitoria tercera del
- Que, la garantía de juzgamiento en plazo razonable, es coherente con la garantía a una
- CONSIDERANDO: Que, en el caso de autos a consecuencia de la denuncia de 30 de
- Que de los antecedentes expuestos, se evidencia que desde el inicio de la causa a
- En ese sentido, se advierte que la fase de la instrucción tuvo una duración aproximada
- Remitido el expediente ante el Juez del Plenario el 1 de mayo de 1996 (fs
- Que, de los fundamentos expuestos se evidencia que en la tramitación del proceso no ha
- POR TANTO: La Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia de la Nación,
- Regístrese, comuníquese y cúmplase
- Fdo. Dr. Teófilo Tarquino Mújica
- Dr. Ángel Irusta Pérez
- Cámara de la Sala Penal Primera
- Libro Tomas de Razón 3/2009
