Auto Supremo AS/0559/2009
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0559/2009

Fecha: 23-Oct-2009

CONSIDERANDO: Que, del análisis del expediente se tienen los siguientes antecedentes: La sentencia de primera


CONSIDERANDO: Que, del análisis del expediente se tienen los siguientes antecedentes: La sentencia de primera instancia (fs. 114 a 115), pronunciada el 30 de agosto de 2002, por el Tribunal Segundo de Partido de Sustancias Controladas de Cochabamba, que declara al procesado Ramiro Merino Arnez autor del delito de tráfico de sustancias controladas, tiene como fundamentos los siguientes: a) Que el 22 de septiembre de 2000, se incautaron 27.355 gramos de marihuana en el inmueble ocupado por el procesado. b) Que las bolsas con las sustancias controladas encontradas en el piso y en el ropero de la habitación, estaban bajo el cuidado del procesado desde agosto de 2000, habiéndose incluso vendido una bolsa de hierva antes del operativo. c) Que el encausado se encuentra involucrado en actividad de narcotráfico al ser propietario de la marihuana incautada, quien no demostró la existencia de los supuestos dueños de la droga. d) Que las diligencias de policía judicial no fueron enervadas por la prueba de descargo