CONSIDERANDO: Que, del examen de los antecedentes cursantes en el proceso se puede advertir que
CONSIDERANDO: Que, del examen de los antecedentes cursantes en el proceso se puede advertir que el tribunal de apelación efectuó una correcta valoración de los elementos de prueba al confirmar la sentencia de primera instancia que declaró al procesado Ramiro Merino Arnez, como autor del delito de tráfico de sustancias controladas, de acuerdo al art. 48 con relación al art. 33 inc. m) de la Ley 1008; pues, se establece inobjetablemente, que el 22 de septiembre de 2000, en un inmueble de la Villa Urkupiña de la zona de Huayllani de la localidad de Sacaba, se encontró en la habitación del procesado 27.355 gramos de marihuana, conforme se desprende del acta de operativo de fs. 5, acta de incautación y pesaje de fs. 7, así como del certificado de análisis de laboratorio de fs. 25; quedando establecido que el Ministerio Público demostró que el procesado ha sometido su conducta a delitos de narcotráfico al comprobarse la posesión dolosa de sustancias controladas, pues incluso en la declaración informativa reconoce el tipo de sustancia que fuera encontrada por funcionarios de la FELCN, proporcionando datos respecto a su origen o lugares de plantación, de otras personas involucradas y de los precios para su comercialización
- CONSIDERANDO: Que, el Tribunal Segundo de Partido de Sustancias Controladas de la ciudad de Cochabamba,
- Apelada la decisión por el procesado (fs
- CONSIDERANDO: Que, el procesado recurre de casación en los términos que se exponen a continuación
- II
- Con los citados fundamentos, impetra se case el Auto de Vista recurrido y deliberando en
- CONSIDERANDO: Que, del análisis del expediente se tienen los siguientes antecedentes: La sentencia de primera
- El Auto de Vista de 30 de marzo de 2005 (fs
- CONSIDERANDO: Que, del examen de los antecedentes cursantes en el proceso se puede advertir que
- En consecuencia, se tiene acreditada su autoría ante la existencia de prueba plena en su
- POR TANTO: La Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia de la Nación,
- Fdo. Dr. Teófilo Tarquino Mújica
- Dr. Ángel Irusta Pérez
- Cámara de la Sala Penal Primera
- Libro Tomas de Razón 3/2009
