Auto Supremo AS/0234/2009
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0234/2009

Fecha: 09-Nov-2009

De ahí que nuestra legislación reconoce dos tipos de usucapión inmobiliaria, la primera llamada quinquenal


De ahí que nuestra legislación reconoce dos tipos de usucapión inmobiliaria, la primera llamada quinquenal u ordinaria que se opera por la quieta, pacífica, pública e ininterrumpida posesión del poseedor por más de cinco años, y la segunda la decenal o extraordinaria que supone la misma posesión por diez años, tomando en cuenta que dicha posesión no puede ser clandestina, ilegal o ilícita, porque en dicho caso, configuraría la comisión de un delito