Auto Supremo AS/0234/2009
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0234/2009

Fecha: 09-Nov-2009

Por consiguiente, no son evidentes las cuestiones vertidas en el recurso de casación, toda vez


Por consiguiente, no son evidentes las cuestiones vertidas en el recurso de casación, toda vez que el Auto de Vista, consideró y tomó en cuenta la demanda de declaratoria de extinción de derecho propietario por prescripción y la declaratoria de derecho de propiedad por usucapión, conforme a lo previsto por el art. 138 del C.C. en relación con el art. 1503-I del CC. que dispone: "La prescripción se interrumpe por una demanda judicial, un decreto o un acto de embargo notificados a quien se quiere impedir que prescriba, aunque el juez sea incompetente", por consiguiente no es evidente la falta de pronunciamiento sobre el petitorio en relación a la prescripción adquisitiva y extintiva sobre el derecho de los demandados, en razón a que la "posesión es una relación de hecho entre un sujeto y una cosa u objeto", ella tiene sus elementos configurativos que son el corpus y el ánimus, debiendo coexistir ambos cuando su fuente es el derecho de propiedad que genera el "jus possidendi", extremos que no demostraron los recurrentes, por el contrario se comprobó claramente que el tiempo que corría para la prescripción fue interrumpido. De ahí que el juez tomó en cuenta ese aspecto entre otros, para dictar la sentencia; al igual que el tribunal ad quem que confirmó la sentencia y rechazó la solicitud de pronunciamiento sobre la prescripción demandada, por considerarlo un aspecto claro, y refirió que los recurrentes debieron solicitar la complementación y enmienda, puesto que ese punto no cambia de ningún modo el fondo de la Sentencia