Formulado el recurso de reclamación el 23 de marzo de 2005 el solicitante (fs
Formulado el recurso de reclamación el 23 de marzo de 2005 el solicitante (fs. 40), la Comisión de Reclamación del SENASIR, mediante Resolución Nº 753 05 de 16 de diciembre de 2005, aceptó en parte el Recurso de Reclamación interpuesto, anulando la Constancia de Aportes respecto del primer componente (referido al número de cotizaciones), reconociendo a favor del solicitante 12 años y 10 meses de cotizaciones, y ratificando el salario cotizable de Bs. 2.011,60 correspondiente al mes de marzo de 1974 (fs. 77-78)
- DISTRITO: La Paz. PROCESO: Reclamación
- PARTES: Fidel Tapia Llanos c/ SENASIR
- MINISTRO RELATOR: Hugo R. Suárez Calbimonte
- CONSIDERANDO I: Que después de haber iniciado Fidel Tapia Llanos el 7 de diciembre de
- Formulado el recurso de reclamación el 23 de marzo de 2005 el solicitante (fs
- El interesado mediante carta (fs
- Contra esta determinación, el Director General ejecutivo a
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- Dicho órgano emitió la certificación de fs
- Este aspecto evidencia que se incurrió en error de derecho en la apreciación de la
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- CONSIDERANDO II: Que así expuestos los fundamentos del recurso de casación, se establece lo siguiente
- La Comisión de Reclamación del SENASIR, sustentado en el certificado de fs
- Este aspecto, advierte que no es evidente que se hubiese incurrido en error de derecho
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- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Sin costas en aplicación del art. 39 de la Ley Nº 1178
- Para resolución, previa convocatoria de fs
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Min. Hugo R. Suárez Calbimonte
- Min. Beatriz Sandoval Bascopé
- Proveído: Mirtha Dolly Ortiz Paniagua
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
